FORMULARIO CÓDIGO QR PARA ACCESO DE GUÍA DE TURISMO HABILITADO (SERVICIO VISITA PÚBLICA Y COMERCIALIZACIÓN)
Los campos que aparecen con * son obligatorios.
Patronato de la Alhambra y Generalife
Organismo encargado de la protección, administración y conservación de la Alhambra y el Generalife
El Estatuto de Autonomía para Andalucía en su artículo 71 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de turismo, que incluye, en todo caso, la ordenación, la planificación y la promoción del sector turístico. Asimismo, en su artículo 37.1.14.º establece entre los principios rectores de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma el fomento del sector turístico, como elemento económico estratégico de Andalucía.
La Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, incluye en su artículo 28.1.c) a la información turística y los servicios de información prestados por guías de turismo como un servicio turístico y dedica el artículo 54 a la definición de la actividad propia de guías de turismo, delimita el marco del ejercicio de sus funciones, exige una habilitación otorgada por la Administración turística que conllevará su inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía y establece el régimen aplicable a quienes sean guías de turismo habilitados por otras Comunidades Autónomas y a quienes estén establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea que deseen ejercer la actividad de forma temporal en Andalucía.
Por todo lo anterior, para cada visita en el conjunto monumental, el guía deberá acreditarse en el lugar habilitado a tal fin, actualmente en las taquillas del Patronato de la Alhambra. En las taquillas, se le facilitará una entrada o pase válido para desempeñar sus funciones. Para ello, deberá aportar su carnet de guía y documentación tal y como exige la normativa vigente.
El guía de turismo deberá mostrar su habilitación para el acceso al PAG en el desempeño de su labor por cuestiones de seguridad y control entre otras.
No obstante, lo anterior, y con objeto de agilizar el acceso al PAG, existe la posiblidad de presentar al PAG de manera telemática toda la documentación y se proporcionará por parte del PAG un código QR para un período determinado agilizando así este trámite diario. El guía deberá hacer uso de este código exclusivamente para desempeñar su trabajo. El PAG supervisará todos los accesos y la trazabilidad de éstos.
Los campos que aparecen con * son obligatorios.
Cuando visita nuestro sitio web, este puede almacenar o recuperar información en su navegador, principalmente en forma de cookies. Esta información puede ser sobre usted, sus preferencias o su dispositivo y se utiliza principalmente para lograr que el sitio funcione como se espera. La información generalmente no lo identifica en forma directa, pero puede ofrecerle una experiencia web más personalizada. Respetamos su privacidad, por ello puede optar por excluir algunos tipos de cookies haciendo clic en cada una de las opciones que le ofrecemos a continuación. Sin embargo, si bloquea algunos tipos de cookies, su experiencia de usuario puede verse afectada y también los servicios que podemos ofrecerle.