lunes - 21|05|2012

Compra de entradas de la Alhambra de Granada. Agentes autorizados

Son agentes autorizados las agencias de viajes legalmente constituidas que se encuentren previamente homologadas por el Patronato de la Alhambra y Generalife

Agente Autorizado

Pueden tener la consideración de Agentes Autorizados por el Patronato de la Alhambra y Generalife para la adquisición de entradas, las Agencias de Viajes legalmente constituidas, que se dediquen profesional y comercialmente, en  exclusividad, al ejercicio de actividades de mediación y/o organización de servicios turísticos, así como las Asociaciones empresariales cuyos miembros sean Agencias de Viajes, tal como éstas se definen en el apartado anterior.

 

Para tener la consideración de Agentes Autorizadas por el Patronato de la Alhambra y el Generalife, las Agencias de Viaje deben reunir los siguientes requisitos:

  • Que acrediten la condición de Agencia de Viajes, estando en posesión del Título-Licencia correspondiente otorgado por la Administración competente, pudiendo ser mayoristas o minoristas.
  • Que aporten la última liquidación abonada del impuesto de actividades económicas correspondiente al epígrafe de la actividad «Agencias de Viajes».
  • Que presenten documentación acreditativa de la concesión al titular, por el Registro de la Propiedad Industrial, del nombre comercial.
  • Que acrediten un número de cuenta, cuyo titular sea exclusivamente la empresa solicitante, en el que se realizará, en todo caso, el cargo del importe de las entradas, así como el abono de las posibles devoluciones. Igualmente, se podrán realizar pagos con tarjeta bancaria, siempre contra dicha cuenta.

Por su parte, las Asociaciones deberán acreditar el carácter de sus asociados, sus estatutos y el depósito ante la Administración de Hacienda de las cuentas anuales del ejercicio inmediatamente anterior a la solicitud, debidamente aprobadas.